Destinadas a sufragar los gastos en los que incurran los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria desde el 2 de noviembre de 2020 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.
Actuaciones subvencionables.
La subvención tiene por objeto la financiación total o parcial de los gastos en los que incurran las entidades destinatarias de las mismas por la ejecución de programas y actividades de animación, estímulo e impulso del comercio minorista.
Documentación.
Las solicitudes de subvención, dirigidas al Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio, se presentarán debidamente firmadas por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o entidad local, acompañadas de la siguiente documentación:
a) Una memoria explicativa de cada uno de los programas cuya subvención se solicita, indi- cando contenido específico, número potencial de usuarios del término municipal o ámbito local correspondiente y en su caso, lugar y calendario de celebración.
b) El presupuesto detallado de cada uno de los programas.
c) Acuerdo del órgano competente relativo a la presentación de la solicitud de subvención correspondiente, especificando modalidad y cuantía.
d) Declaración responsable de no haber solicitado o recibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo proyecto o actividad objeto de la solicitud, haciendo constar, en caso contrario, el organismo o administración otorgante, denominación de la convocatoria, fecha de solicitud o concesión y su importe, a efectos de lo establecido en el apartado décimo.
e) Declaración responsable acerca de la veracidad de los datos consignados en la solicitud relativos a la titularidad de una cuenta bancaria y los dígitos de ésta.