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Medidas extraordinarias de apoyo a los Autónomos por el Covid-19.

Debido a la crisis sanitaria y la declaración del estado de alarma y confinamiento, se están articulando diversas ayudas y subvenciones para proteger a los emprendedores

Desde que el pasado 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declarara de pandemia internacional a la situación de emergencia de salud pública provocada por el COVID-19, la Administración está adoptando una serie de medidas extraordinarias para paliar el impacto directo de esta crisis en la economía y en la sociedad. Dado que las medidas sanitarias de contención suponen reducir la actividad económica y social de forma temporal, restringiendo la movilidad y paralizando la actividad de múltiples sectores, con importantes pérdidas de rentas para hogares, autónomos y empresas, se han adoptado una serie de medidas para paliar su impacto a los trabajadores autónomos y pequeñas empresas:

  • Medidas extraordinarias y de duración temporal mientras dure la crisis sanitaria y la declaración del estado de alarma y confinamiento:

-Cheque Resistencia para autónomos y microempresas gestionado por el gobierno regional a través de Sodercan, para emprendedores que hayan cesado la actividad temporalmente, o hayan visto reducida su facturación en un 75%. Más información

- Bono Social de ayuda para el abono de la factura eléctrica para los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19. Orden TED/320/2020

- Moratoria de cotizaciones sociales para empresas y autónomos. Se ofrece la posibilidad de solicitar una moratoria de hasta seis meses, sin interés, en los pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social cuyo período de devengo, en el caso de las empresas, esté comprendido entre los meses de abril y junio y, en el caso de los trabajadores por cuenta propia, entre mayo y julio de 2020. Además, podrán solicitar el aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga lugar entre los meses de abril y junio. Real Decreto-Ley 11/2020. Información completa.

- Ampliación de los plazos para presentar pagos de declaraciones de impuestos de autónomos y pymes que facturen menos de 600.000€ anuales. Las declaraciones trimestrales de tributos (retenciones de IRPF, IVA y pago fraccionado de personas físicas y Sociedades) se podrán presentar hasta el 20 de mayo, en lugar del 20 de abril previsto anteriormente. Y el plazo de las domiciliaciones se amplía hasta el 15 de mayo. Real Decreto-Ley 14/2020

  • Estas medidas extraordinarias se suman a las medidas que ya estaban disponibles para los autónomos para fomentar el emprendimiento y la consolidación de los proyectos, que han suspendido los plazos límite de presentación mientras dure la crisis:

- Subvención para promover el mantenimiento y consolidación del empleo autónomo. Ayudas de hasta 4.250 euros para el mantenimiento, consolidación y desarrollo de proyectos de autoempleo entre el 3º y 5º año de desarrollo. Extracto de la Orden EPS/7/2020

- Subvenciones destinadas al sector de la distribución comercial minorista de Cantabria para 2020. Orden INN/4/2020

- Subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales para 2020. Extracto de la Orden HAC/18/2019

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