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Subvenciones a actuaciones de energías renovables y ahorro y eficiencia energética para 2019

El plazo de presentación de las solicitudes está abierto desde el 30 de marzo al 20 de agosto de 2019

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO CVE-2019-2715

Extracto de la Orden INN/13/2019, de 20 de marzo, por la que se aprueba para el año 2019 la convocatoria de subvenciones a actuaciones de energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria.

Beneficiarios.

Personas físicas mayores de edad con capacidad de obrar, personas jurídicas empadronadas o con residencia fiscal en Cantabria, o que sin tener residencia fiscal en Cantabria tengan al menos un centro de actividad en la Comunidad Autónoma, y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. También podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos (ESE), según lo señalado en el Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso y la recuperación económica y el empleo.

Finalidad.

Subvenciones a inversiones en energías renovables y ahorro y eficiencia energética por parte de personas físicas o jurídicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante la aplicación de las siguientes tecnologías y actuaciones: Energías renovables: solar térmica de baja temperatura; solar fotovoltaica; minieólica; biomasa térmica; geotermia y aerotermia. Ahorro y eficiencia energética: renovación de instalaciones de iluminación por tecnología led y sistemas de control y regulación de la iluminación que se encuentren en funcionamiento, quedando totalmente excluidas del ámbito de la subvención las de obra nueva; implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos y microcogeneración.

Bases reguladoras.

Esta convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden INN/4/2019, de 15 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a actuaciones en energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria, publicada con fecha 1 de marzo de 2019 en el Boletín Oficial de Cantabria nº 43.

Cuantía.

El importe máximo de la convocatoria será de 1.580.000 €, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, con arreglo al siguiente desglose:

— Para empresas privadas: por un importe máximo de 1.400.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.422A.772.

— Para familias e instituciones sin fines de lucro: por un importe máximo de 180.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.422A.781.

La cuantía de la subvención será igual del 30% del coste elegible para las tecnologías solar térmica, aerotermia y la actuación de renovación de instalaciones de iluminación por tecnología led, 50% para la implantación de puntos de recarga de vehículos y 40% para el resto de tecnologías, excluido el IVA y demás impuestos derivados de la misma.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria hasta el 20 de agosto de 2019.

Otros datos.

Serán subvencionables las inversiones realizadas entre el 1 de octubre de 2017 para la tecnología geotermia, y el 1 de octubre de 2018 para el resto de tecnologías y actuaciones, y el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, ambos inclusive. Todas las inversiones deben estar ejecutadas, facturadas y pagadas íntegramente dentro de dicho período.

Más información y documentación

Orden INN/13/2019

Extracto de la Orden INN/13/2019

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