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Ayudas para la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

altEl objeto de esta orden es aprobar la convocatoria para el año 2018 de subvenciones destinadas a apoyar la conciliación de las responsabilidades laborales y familiares de las mujeres trabajadoras por cuenta ajena, las mujeres trabajadoras por cuenta propia y de las mujeres desempleadas que participen en acciones de orientación profesional a propuesta del Servicio Cántabro de Empleo,mientras desarrollan esas actividades, mediante la financiación de los gastos de cuidado de sus hijas y/o hijos que se encuentren bajo su custodia o personas que se encuentren a su cargo ysometidas a su tutela, en los términos establecidos en esta Orden.

Beneficiarias:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, las mujeres trabajadoras por cuenta ajena, las mujeres trabajadoras por cuenta propia, las mujeres cuidadoras no profesionales de sus familiares dependientes en situación asimilada al alta en el Régimen General de la Seguridad Social y/o las mujeres desempleadas participantes en acciones de orientación profesional a propuesta del Servicio Cántabro de Empleo que, indistintamente:
a) Tengan a su cargo hijas y/o hijos, nacidos a partir del 1 de enero de 2014, inclusive, que sean atendidos en guarderías o centros de atención infantil debidamente autorizados que no gocen de régimen de gratuidad, ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y/o que procedan a la contratación de personas cuidadoras para la atención de las hijas y/o los hijos que tengan a su cargo.
b) Contraten personas cuidadoras para la atención de personas que hayan sido incapacitadas judicialmente y que se encuentren a su cargo y sometidas a su tutela.

Cuantía:
1. La financiación para atender estas ayudas podrá alcanzar una cuantía máxima de hasta 1.200.000,00 euros y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 13.00.241M.487.01 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2018.
2. Las acciones previstas en esta orden podrán ser objeto de cofi nanciación al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo, siempre y cuando se ajusten a los criterios de selección de operaciones que se determinen, a través del Eje 1 del Programa Operativo FSE de Cantabria 2014-2020 (CCI 2014ES05SFOP019), prioridad de inversión 8.4; objetivo específico 8.4.2, aprobado por Decisión de ejecución de la Comisión Europea de 8 de diciembre de 2015.

Plazo de presentación de solicitudes:
Fecha de inicio: 05 de abril de 2018
Fecha de fin: 05 de mayir de 2018

Solicitudes:
Las solicitudes de ayudas, debidamente cumplimentadas, deberán presentarse en modelo oficial, acompañadas de la documentación detallada en el artículo 8 de la Orden de convocatoria.

Más información.

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