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Ayudas para Artesanos 2017

Convocatoria de subvenciones y ayudas para artesanos 2017

artesanos vallespasiegos 04

Objeto de las ayudas.

Las ayudas  tienen por objeto convocar las ayudas a la artesanía en Cantabria para el año 2017, por el procedimiento ordinario, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de apoyar la creación de talleres artesanos y la adaptación de los existentes a las necesidades productivas actuales, sin perjuicio de seguir preservando la singularidad del producto artesano.

Beneficiarios.

artesanos vallespasiegos 01Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Orden, las personas físicas o jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estando legalmente constituidas, sean titulares de empresas artesanas incluidas en los grupos A) y D) Estética o de creación artística y tradicional o popular, y el grupo B) Artesanía de bienes de consumo (Alimentación) del Repertorio de actividades artesanas de Cantabria, aprobado por Orden de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico IND 32/2005, de 29 de abril, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria nº 93 de 17 de mayo de 2005. Deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social y en el epígrafe correspondiente a dicha actividad del Impuesto sobre Actividades Económicas, salvo las de nueva creación, que lo deberán estar en la fecha de justificación de la actividad o proyecto subvencionado.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 7/1998, de 5 de junio, de Artesanía de Cantabria, el solicitante deberá estar inscrito en el Registro de artesanos y talleres artesanos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Inversiones subvencionables.
artesanos vallespasiegos 02Serán subvencionables las inversiones establecidas en el artículo 3 de las bases regula doras que se realicen en el plazo de ejecución comprendido entre el 16 de octubre de 2015, día siguiente a la fecha en que finalizó la presentación de solicitudes de la convocatoria de Ayudas a la Artesanía para el año 2017, las inversiones desde el 30 de septiembre de 2016 al 8 de septiembre de 2017. En consecuencia las inversiones y gastos subvencionados deben estar facturados y pagados íntegramente dentro de este plazo de ejecución. Artesanas incluidas en los grupos A) y D) Estética o de creación artística y tradicional o popular, y el grupo B) Artesanía de bienes de consumo (Alimentación) del Repertorio de Actividades Artesanas de Cantabria

Cuantía.
El importe máximo de la convocatoria será de 70.000 € para los costes de inversiones materiales y de 40.000 euros para los costes de asistencia a ferias comerciales y cursos de formación. El importe de la subvención será igual al 30 % del importe de los costes de inver- siones materiales, al 50 % del importe de los gastos de estand o curso y al 100 % de los gastos de alojamiento y manutención durante los días los de duración de la feria o curso, excluido el I.V.A. y otros impuestos.

Solicitudes: Forma, lugar, plazo y documentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Orden INN/38/2017, de 16 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 de las Ayudas a la Artesanía en Cantabria.
Boletín Oficial Cantabria BOC: 161- Extracto Convocatoria
Fecha BOC: 22/08/2017

Fecha inicio plazo presentación: 23/08/2017
Fecha finalización plazo presentación: 08/09/2017

 

Más información:

Órgano: Consejería Industria - SERVICIO DE FOMENTO

Dirección:Calle Albert Einstein, nº 2  1ª planta 39011 Santander

Teléfono: 942 20 00 79 - 942 20 00 85

 

 

 

 

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