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Ayudas Empresas Agroalimentarias Cantabria

Ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas acometidos por la industria alimentaria de Cantabria.

productosLa industria alimentaria transformadora y comercializadora de productos agrícolas es un sector clave para la economía cántabra al ser considerado un sector estratégico por su repercusión económica y su contribución al desarrollo rural y al bienestar social. Por ello, se considera de interés poner en marcha acciones orientadas a mejorar e incrementar su competitividad y eficiencia a través del apoyo de los proyectos de inversión acometidos por el citado subsector industrial.
Para el apoyo a los proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas acometidos por el sector industrial alimentario ubicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria se Convoca esta orden.

Beneficiarios:
Las industrias alimentarias privadas con personalidad física, jurídica, comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica, que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la normativa de aplicación y sobre las que recaiga la carga financiera y la responsabilidad final de las inversiones subvencionables y la realización de actividad para la que se otorga la ayuda.

Objeto:
Las ayudas tienen como objetivo general el de aumentar la competitividad y la eficiencia de la industria alimentaria ubicada en la Comunidad Autónoma de Cantabria que transforme y comercialice productos agrícolas, siendo el sector privado el que deba liderar y promover las distintas iniciativas y proyectos.
Bases reguladoras: Orden MED/27/2016, de 19 de abril, Más información
Cuantía Presupuestaria: 12.000.000 €.

Intensidad de la ayuda.
1. En el supuesto de que el producto final sea un producto agrícola (incluido en el anexo I del TFUE), la cuantía de la ayuda a conceder será como máximo del:
a. 30% de la inversión total subvencionable si el beneficiario tiene la consideración de microempresa, pequeña o mediana empresa.
2. En el supuesto de que el producto final sea un producto no agrícola (no incluido en el anexo I del TFUE), la cuantía de la ayuda a conceder será como máximo del:
a. 30% de la inversión total subvencionable si el beneficiario tiene la consideración de mi-croempresa y pequeña empresa.
b. 20% de la inversión total subvenciona

Plazo de ejecución de la actividad subvencionable: Entre la fecha del levantamiento del correspondiente acta de no inicio y el 30 de septiembre
de 2018, quedando comprometido el beneficiario a la realización de la inversión subvencionada en los términos y plazos establecidos en la Resolución de aprobación, salvo modificación de ésta aceptada por la Dirección General de Pesca y Alimentación.

Plazo de presentación de solicitudes de ayuda: Treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación en el BOC del extracto de la convocatoria.

Documentación a presentar:

 

 

Número BOC: 139 Extracto Convocatoria  Enlace BOC   Fecha BOC: 19/07/2017
Fecha inicio presentación: 20/07/2017 y fecha finalización plazo presentación: 19/10/2017

 

 

 

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