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Convocatoria subvenciones para ayuntamientos evaluación ambiental

La presente Orden tiene por objeto la aprobación en 2014 de una segunda convocatoria de subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de evaluación ambiental de los Planes Generales de Ordenación Urbana.
Al igual que la primera convocatoria, esta Orden se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 25.7 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Cantabria, la Comunidad Autónoma tiene la competencia para el desarrollo legislativo y ejecución de la protección del medio ambiente y de los ecosistemas, en el marco de la legislación básica del Estado y en los términos que la misma establezca, así como en la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, Control Ambiental Integrado.

El Capítulo I del Título III de la citada Ley regula la Evaluación Ambiental de Planes y Programas, estableciendo en el artículo 26 una serie de especialidades para los Planes Generales de Ordenación Urbana.
A los Ayuntamientos les corresponde la elaboración del Plan General de Ordenación Urbana como instrumento de ordenación integral del territorio correspondiente a uno o varios términos municipales completos que tiene como objetivo cumplir en su ámbito los fines a que se refiere el artículo 3 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo en Cantabria y, más concretamente, contribuir a resolver las necesidades de suelo residencial, dotacional e industrial del municipio regulando, delimitando y orientando, según los casos, las zonas de crecimiento, la utilización del suelo rústico y los procesos de renovación y rehabilitación urbana.
Siendo indiscutible la necesidad de que los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma elaboren sus Planes Generales de Ordenación Urbana adaptados a la legislación vigente, se considera fundamental incentivar dicha actividad urbanística por parte del Gobierno de Cantabria.
En este sentido y debido a la complejidad del procedimiento de evaluación ambiental, aconsecuencia de los cambios operados en la legislación ambiental, resulta necesario apoyar a los Ayuntamientos de Cantabria en la tramitación del mismo, en tanto que constituye un requisito indispensable para la elaboración de los PGOU.

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